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mayo  7, 2024

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Al trabajador rural no se aplica el principio in dubio pro operario

Por Luis Llull

"Existe en nuestro derecho una norma claramente anticonstitucional como el Art. 1º de la LCT, que margina a dos sectores que unidos reúnen a más de un millón y medio de trabajadores en suelo argentino. Así mismo, debemos considerar que la Ley Nacional de Empleo, siguiendo el mismo criterio que tuvo un gobierno anti democrático, excluye a los mismos colectivos laborales, (domésticos y rurales), pero no conforme con ello, a través de un decreto reglamentario, otorgo mayores beneficios a los empleadores que a los empleados (Art. 1º del decreto 2725/91 nuevo). Creemos que los errores son consustanciales a la falibilidad humana, y la posibilidad de rectificación constituye uno de los mayores dones recibidos. Considerando que los yerros del Poder Ejecutivo a través de la redacción de los decretos citados, son parte de la condición humana, lo que nos resulta sorprendente y hasta sospechoso, que otro Poder del Estado, el Judicial, sostenga como cierto una falacia, lo cual convierte en co-responsable del mismo."

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